Contra todas las advertencias, fue reformada la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para obligar a las personas a proporcionar nuestros datos personales, incluyendo los biométricos, con el fin de conformar un padrón nacional de usuarios móviles, el Panaut.

Este padrón atenta contra nuestro derecho a la privacidad y también genera grandes riesgos a la seguridad de los ciudadanos, especialmente la de las mujeres que con mayor frecuencia somos objeto de formas de violencia facilitadas con el acceso a la información que permite identificarnos y que nos coloca en situación de vulnerabilidad.

Además, el Panaut implica generar barreras importantes para el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, lo que es abiertamente contrario a los derechos protegidos en el artículo 6º constitucional, que incluyen el acceso a la información y a las telecomunicaciones. Lejos de buscar una mayor igualdad entre las mexicanas, el padrón ensanchará la brecha digital.

Por estas razones, han surgido diversas acciones de ciudadanas y organizaciones para defender nuestros derechos frente al Panaut, a través de demandas de amparo a las que se puede sumar cualquier persona (ver más información). El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) también ha decidido interponer una acción de inconstitucionalidad contra la creación del padrón.

Por otro lado, en estas reformas a la ley el Congreso esencialmente obliga al Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel, IFT) a actuar en contra de su mandato constitucional de asegurar el acceso a las telecomunicaciones, así como proteger la competencia y los derechos de las consumidoras, las usuarias y las audiencias.

Si prospera esta reforma legal, en algún momento el IFT se verá obligado a solicitar a los operadores telefónicos que cancelen las líneas de los usuarios que no hayan registrado sus datos. Es decir, el órgano autónomo con el mandato constitucional de defender los derechos de los usuarios y de lograr que todas las personas estén conectadas, estará encargada de su desconexión.

El IFT también es la autoridad encomendada con la protección de la competencia y la libre concurrencia. No obstante, el Panaut que ahora deberá administrar dañará a los mercados, y operará en contra del bienestar de los consumidores.

La carga adicional que significará para los operadores equipar sus puntos de venta para recabar de forma práctica y segura los datos de los usuarios, incrementará los costos de provisión del servicio. Esta situación tendrá mayor incidencia en los competidores que cuentan con menor participación de mercado y que ya operan con márgenes muy precarios. También dañará el modelo de negocios de los operadores móviles virtuales, sobre todo de aquellos que no cuentan con locales físicos.

Las consecuencias sobre la competencia pueden ser graves, pasando por el incremento en los costos del servicio, la disminución en el número de puntos de venta, hasta la desaparición de operadores móviles virtuales que no logren adaptar sus modelos de negocios.

El Panaut puede convertirse en una enorme barrera a la competencia y estaría encomendado precisamente a la autoridad responsable de eliminarlas.

Tristemente, esta no es la primera vez que el Congreso invade las atribuciones del IFT. No obstante, la reforma que crea el Panaut atenta prácticamente contra todos sus mandatos y se va sumando a una serie de acciones legislativas que parecieran estar construyendo una vía para suplantar al órgano autónomo.

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Así, hace apenas unos días se aprobó la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad, donde se regulan conductas que pudieran tener efectos anticompetitivos sin aplicar la Ley Federal de Competencia Económica, invadiendo el ámbito de las autoridades de competencia de este país: la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) y el IFT.

Más aún, tomando por asalto el orden constitucional, esta ley señala que será la Cofece quien se encargue de procesar las denuncias relacionadas con las prácticas comerciales en la publicidad que allí se regulan, incluyendo las que se realicen en las telecomunicaciones y la radiodifusión, cuando es claro que este ámbito corresponde de manera exclusiva al IFT.

Puesto que no han prosperado los intentos de desaparecer al Ifetel, lo que requeriría una reforma constitucional, además de violentar compromisos internacionales, ¿estamos frente a una estrategia alternativa de desplazar en la práctica a este órgano autónomo mediante reformas legislativas que invaden su ámbito competencial?

El IFT puede y debe interponer las controversias constitucionales que sean necesarias para hacer respetar la constitución y defender su razón de ser. El plazo transcurre y el momento es ahora. A nadie servirá que mantenga su existencia a costa de convertirse en un cascarón vacío.

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