La reforma amenazante del Código Fiscal de la Federación

Leonardo Martínez Flores

@lmf_Aequum

El Artículo 30-B de la propuesta de reforma al Código Fiscal de la Federación plantea otorgar a la autoridad fiscal pleno acceso en línea y en tiempo real a los sistemas y bases de datos de las plataformas digitales. Lo menos que se puede decir, como lo subrayó hace unos días el Consejo Ejecutivo de la Economía Digital (CEDIG), es que ello constituye una medida innecesaria y desproporcionada, que amenaza directamente varios derechos fundamentales, como el de la privacidad que está protegido en la Constitución.

Obligar a las plataformas, bajo la amenaza de bloquearlas o suspender sus operaciones, a dar acceso irrestricto y sin autorización judicial a funcionarios fiscales a la información de sus sistemas operativos, abre la puerta para que se pierda por completo la privacidad de los datos personales, financieros y de comportamiento de millones de personas, y facilita la puesta en práctica de un mecanismo de vigilancia masiva de la población.

Más allá del supuesto propósito fiscal, la disposición abriría la puerta para que cualquier funcionario autorizado tenga acceso a millones de datos personales y se vea tentado, como ya ha pasado en otros ámbitos ante la falta de controles básicos, a hacer un uso indebido de esa información. Además, ante la amenaza de bloquear las plataformas que no otorguen este acceso, el Estado podría ejercer diferentes tipos de presiones para imponer diversas condiciones operativas y censurar la libertad de expresión y el pluralismo informativo.

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Esto es algo grave, pues como lo subraya el CEDIG, los derechos digitales son la extensión de los derechos humanos fundamentales (como la privacidad, la libertad de expresión y de manifestación) al entorno digital, adaptados a los desafíos de la era tecnológica. Estos derechos garantizan que las personas puedan usar internet y los medios digitales de manera segura y libre, incluyendo el acceso a la información y a las redes, el control sobre sus datos personales y la protección frente a la discriminación y la censura. Por ello, la propuesta a todas luces desproporcionada de actualización del Código Fiscal de la Federación debe ser modificada.

Recordemos que este es el segundo embate del poder público en su intento de bloquear el funcionamiento de las plataformas digitales, pues esta posibilidad ya había sido propuesta últimamente en el proyecto de Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Afortunadamente, el Congreso eliminó esa disposición atendiendo la ola de justificadas preocupaciones expresadas por numerosos especialistas, actores, empresas y organizaciones del ecosistema, por la afectación a derechos fundamentales y a la inclusión digital.

Retomando las palabras del reciente comunicado del Consejo Ejecutivo de la Economía Digital, insistimos en que el diseño propuesto de modificación carece de salvaguardas institucionales o judiciales efectivas que limiten el uso abusivo de esa facultad. Aún más, ello se agrava en el contexto de las recientes reformas a la Ley de Amparo, que han debilitado los mecanismos de control constitucional y reducido la capacidad de la ciudadanía para impugnar actos arbitrarios del Estado.

En conjunto, ambas reformas podrían configurar un marco que erosione el Estado de derecho digital en México, al concentrar poder sin contrapesos en manos de la autoridad fiscal. Esta visión lineal y cortoplacista del funcionamiento del ecosistema digital, eleva los riesgos de que la economía digital rebote negativamente, reduzca sus niveles de operación, deje de crear empleos y al final reduzca, como ha sucedido muchas otras veces con la aplicación de instrumentos fiscales mal diseñados, las supuestas metas de recaudación fiscal. La salida del tiro por la culata es una figura que ya acumula muchos ejemplos reales, con los que podríamos llenar varias cuartillas sobre la historia de las políticas públicas fallidas o contraproducentes.

En cuanto a la esencia de la política fiscal, resulta profundamente inconveniente que el Estado continúe criminalizando a los contribuyentes como estrategia de control fiscal. Este enfoque punitivo es contraproducente, genera un clima de desconfianza y distanciamiento entre las autoridades y quienes ya cumplen con sus obligaciones fiscales. Claro que éstas deben estar sujetas a supervisión, pero la relación fiscal debe basarse en la corresponsabilidad y la cooperación, no en la sospecha permanente y la criminalización a priori.

En lugar de imponer medidas intrusivas o coercitivas, es indispensable construir un entorno de confianza y transparencia, donde la autoridad actúe como aliada para facilitar el cumplimiento voluntario, simplificar los procesos y ofrecer certidumbre jurídica. Como lo dice correctamente el CEDIG, solo así podrá incentivarse la formalización, fortalecer la recaudación y consolidar una economía digital dinámica, competitiva y sustentada en principios de equidad, solidaridad y respeto mutuo. La transformación digital del país exige como condición habilitadora, un entorno de confianza que unifique la visión del estado de bienestar que aspiramos para toda la población.

 

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