La demanda de amparo pro bono contra el Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil, impulsado por Centro-i para la Sociedad del Futuro, Causa en Común, Davara Abogados y PDeA Abogados, reunió a 2,107 personas. El objetivo es la defensa colectiva de los derechos humanos, en particular, a la privacidad, las TIC, la protección de datos personales y el acceso a internet.
Las demandas de amparo se presentaron a finales de mayo. Otras organizaciones de la sociedad civil, como La Red en Defensa de los Derechos Digitales impulsaron iniciativas similares.
En abril de este año el Senado aprobó el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, que tiene como objetivo generar un registro con diversos datos personales de los usuarios y titulares, incluyendo los biométricos. Las personas que se nieguen a dar sus datos, no podrán contar con una línea telefónica móvil, que actualmente es la principal vía de la población para usar servicios de telecomunicaciones. Hay que recordar que el acceso a internet y a las TIC es un derecho humano reconocido en la Constitución mexicana.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) presentó una controversia constitucional contra el Panaut bajo el argumento de que no dispone de los recursos para su operación y que le impide cumplir su mandato de impulsar el desarrollo de las telecomunicaciones.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) presentó una acción de inconstitucionalidad, alegando que vulnera los derechos a la protección de datos personales y al acceso a la información, la cual también fue apoyada por la Coparmex, organismo que presentó un amicus curiae para apoyar la acción.

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